«SE NECESITA MEJORAR LA GESTIÓN DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL SANITARIA»

El Ministerio de Justicia ha diseñado un anteproyecto de ley que obligará a intentar un proceso de mediación antes de acudir a los juzgados en casos como las separaciones y los divorcios, las sucesiones, el impago de alquileres o hipotecas o las reclamaciones de cantidades inferiores a 2.000 euros.

Y aunque en el anteproyecto se contempla la responsabilidad por negligencia profesional, según explica a Redacción Médica Ricardo De Lorenzo, presidente del Bufete De Lorenzo Abogados, “no creo que este recurso jurídico y social sea tan fácil de incluir en el espacio sanitario pues en España la mediación con las Administraciones Públicas continúa expresamente vedada en la propia Ley 5/2012 de mediación en asuntos civiles y mercantiles, que la excluyó expresamente en su art. 2.2 de su ámbito de aplicación”.

Según el anteproyecto, el objetivo es fomentar la resolución extrajudicial de conflictos en materia civil y mercantil, tras comprobar que la norma que se aprobó en 2012 para implantar ese modelo con carácter voluntario no ha tenido el impacto esperado.

En este sentido, prosigue Ricardo De Lorenzo, este modelo “tendrá que evolucionar, pues lo deseable es que la Administración y específicamente la sanitaria disponga de alternativas o mejoras en el actual sistema de gestión de la responsabilidad patrimonial sanitaria en vía administrativa, sin pretender sustituir el control judicial que exige el artículo 106 CE, sino complementarlo”.

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