Los ponentes del tercer WebinAEDS, moderado por Dª Ofelia De Lorenzo, presidenta de la AEDS, coincidieron en que el procedimiento establecido en el Real Decreto 435/2024 supone una vulneración del principio de autorregulación colegial.
Los expertos consideran que existen formas menos gravosas para cumplir con las exigencias del dictamen europeo sin afectar a la autorregulación de los colegios.
Madrid, 27 de septiembre de 2024. – La Asociación Española de Derecho Sanitario (AEDS) celebró el pasado 19 de septiembre su tercer WebinAEDS Deontología y Mercado. Supervisión de los códigos deontológicos de las corporaciones profesionales por la CNMC en el que se abordó en profundidad el Real Decreto 435/2024, de 30 de abril, que modifica el Real Decreto 472/2021 de 29 de junio, por el que se incorpora la Directiva (UE) 2018/958 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de junio de 2018, relativa al test de proporcionalidad antes de adoptar nuevas regulaciones de profesiones.
El encuentro, el último WebinAEDS de 2024, estuvo moderado por la presidenta de la AEDS, Ofelia De Lorenzo, y contó con la participación de destacados expertos en derecho sanitario, como Ricardo De Lorenzo y Montero, presidente de Honor de la AEDS, y Luis Calvo Sánchez y Álvaro Echevarría Juara, ambos vocales de dicha entidad.
El Real Decreto sobre el que giró el debate surge en el marco de un procedimiento de infracción comunitaria abierto contra España por la incorrecta transposición de dicha Directiva, lo que motivó la emisión de un dictamen por parte de la Comisión Europea. Impulsado por la Dirección General de Política Económica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, este nuevo marco normativo establece una evaluación previa a la aprobación o modificación de los Códigos Deontológicos de los Colegios Profesionales de ámbito nacional y Consejos Generales, atribuyendo su supervisión a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), mediante un procedimiento diseñado específicamente para tal fin.
Durante el webinario, los ponentes analizaron esta novedosa regulación, que introduce un proceso por el cual las corporaciones profesionales deben someter sus Códigos Deontológicos o modificaciones a consulta pública y a un test de proporcionalidad, cuyos resultados deben ser remitidos a la CNMC. Este organismo, a su vez, evalúa el cumplimiento de los requisitos de proporcionalidad y puede emitir observaciones que las corporaciones deben acatar o justificar debidamente si deciden rechazarlas.
De Lorenzo y Montero, Calvo Sánchez y Echevarría Juara advirtieron sobre varios aspectos legales problemáticos, subrayando que la normativa ha sido recurrida masivamente ante el Tribunal Supremo por diferentes organizaciones colegiales. Las tres grandes áreas de conflicto señaladas por los expertos son la falta de habilitación normativa específica, la vulneración del principio de autorregulación colegial y el principio de proporcionalidad.
“La adecuación de someter los Códigos Deontológicos a este nuevo marco legal es cuestionable, ya que no son disposiciones que regulen directamente el acceso o ejercicio profesional, y las corporaciones profesionales no son consideradas autoridades reguladoras”, apuntó De Lorenzo. Por su parte, Calvo Sánchez señaló que “la normativa compromete la autonomía colegial, al no existir controles de legalidad adecuados para la aprobación de los Códigos Deontológicos”, una afirmación compartida por sus compañeros de debate. “El procedimiento introducido por el Real Decreto, al atribuir la competencia para estas evaluaciones a la CNMC, lo que implica que sea la instancia donde se analice un objetivo de interés general como es el de velar por la salud de los ciudadanos en el caso de las profesiones sanitaras, que es ajeno a la naturaleza y funciones de este organismo, supone una injerencia excesiva en la autonomía de las profesiones, por lo que deberían haberse adoptado otras medidas para cumplir con las exigencias del dictamen de la Comisión Europea”, concluyó Echevarría Juara.
Sobre la Asociación Española de Derecho Sanitario (AEDS)
La AEDS nació en 1992 con el deseo de propiciar el encuentro adecuado entre dos grandes humanismos, como son el Derecho y la Medicina, entendida esta última en su más amplio sentido de ciencia sanitaria o ciencia de la salud. La Asociación se vertebra alrededor del Derecho Sanitario, como expresión acuñada de una realidad que, por un lado, supera el viejo término asistemático de legislación sanitaria y, por otro, hace referencia a una nueva disciplina emergente, que tiene que definir el sector acotado de su realidad (las relaciones entre los usuarios o pacientes y el Sistema Nacional de Salud y, fundamentalmente, entre aquellos y el médico o los profesionales sanitarios) y los principios que la sirvan de fundamento.
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