RICARDO DE LORENZO, EL MOBBING EN EL SECTOR SANITARIO

La mesa sobre “mobbing en el sector sanitario”, celebrado en el XVIII Congreso Nacional de Derecho Sanitario, puso de manifiesto los riesgos psicosociales de muy distinta índole.

La mesa sobre “mobbing en el sector sanitario”, celebrada en el XVIII Congreso Nacional de Derecho Sanitario, puso de manifiesto como los riesgos psicosociales de muy distinta índole de los trabajadores no están bien recogidos en nuestra normativa laboral aunque se encuentren muy bien definidas por la doctrina y por la jurisprudencia. El término acoso laboral, también conocido como acoso moral, hostigamiento laboral o con el término inglés “mobbing”, ni aparece en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, ni el Estatuto de los Trabajadores lo recoge en términos específicos. He comentado hasta la saciedad que resulta lamentable que profesionales altamente competentes no puedan verse protegidos preventivamente y que solo pueda promoverse la demanda cuando la víctima de acoso moral ya sufre alguna patología. Esto es, la declaración de accidente requiere asentarse sobre un daño ya producido, de tal suerte que de limitarnos a contemplar este itinerario como el único posible para combatir el acoso laboral, quedarían desprotegidos tanto los acosados que no sufren aún de enfermedad psíquica, como aquellos que, gracias a su fortaleza mental no llegarán nunca, posiblemente, a padecerla.

Fuente: Publicación de Derecho Sanitario
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