Ninguna objeción de conciencia puede permitir al profesional de AP no informar al enfermo
Las tres sociedades científicas de Atención Primaria, Semfyc, Semergen y SEMG, e incluso la Organización Médica Colegial (OMC) han considerado en un debate con motivo del XVIII Congreso Nacional de Medicina General y de Familia, que el médico de un centro de salud no puede acogerse a la cláusula de conciencia en el caso de una interrupción voluntaria del embarazo, puesto que no interviene directamente en la acción, sino que su labor es puramente informativa.
Redacción. Vigo
Fuente: Publicación de Derecho Sanitario
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