La sentencia de la Sección Cuarta, Sala Tercera, del Tribunal Supremo que anula el Real Decreto de Troncalidad ha puesto el foco en un aspecto que a veces no se tiene suficientemente en cuenta en el desarrollo legislativo de normas de este calibre: el impacto económico de su implantación.
“Frente a la Memoria que defendía el coste cero y la ausencia de impacto alguno en los gastos de las Comunidades Autónomas, la Sala entiende que sí existirán unos costes directos e indirectos relevantes a los que tendrán que hacer frente”, ha explicado a Redacción Médica Ricardo De Lorenzo, presidente de la Asociación Española de Derecho Sanitario y socio director de De Lorenzo Abogados.
La Sala solicitó los trece informes aportados por las autonomías sobre los costes tras “escuchar al perito designado por los recurrentes [la Sociedad Española de Inmunología], que cifró en algo más de mil millones y medio de euros el coste total de los cambios que supone el Real Decreto”.
Explica De Lorenzo que el tribunal considera que “la Administración del Estado no puede escudarse en la autonomía presupuestaria delas Comunidades” y que debe ser “especialmente rigurosa” en el análisis económico de la implantación de un sistema que se impone, “necesariamente”, a los entes territoriales.
Por tanto, la elaboración de la nueva normativa tendrá que verse acompañada de un nuevo estudio de impacto económico “con las consideraciones omitidas”. “Convendría tener en cuenta los informes emitidos por trece comunidades autónomas, en su día, a petición del tribunal, sobre este mismo asunto”.
Finalmente, el jurista considera que “en la dinámica normativa, esta subsanación puede demorar la aprobación del nuevo texto legal al menos un año más”.