En un encuentro patrocinado por AMA Seguros, miembros de la Carrera Judicial y del ejercicio profesional del Derecho han analizado los cambios normativos relativos a la imputabilidad de delitos a las personas jurídicas, con la conclusión de que los colegios profesionales, como los de médicos, farmacéuticos o enfermeras, por ejemplo, podrían incurrir en responsabilidades penales como entidades jurídicas propias y no sólo las personas físicas que delincan en su seno.
El taller de AMA sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas en el sector sanitario, titulado ¿A quiénes afecta y cómo?, fue una de las sesiones más celebradas del XXIII Congreso Nacional de Derecho Sanitario de la Asociación Española de Derecho Sanitario (AEDS), en atención a los contenidos expuestos y las altas responsabilidades de sus ponentes.
Tras una breve presentación por parte de la directora general adjunta y directora del Ramo de Responsabilidad Civil de la Agrupación Mutual Aseguradora (A.M.A.), Raquel Murillo Solís, tomó la palabra el componente del despacho Bajo & Trallero Abogados, Alfonso Tralledo. El mismo analizó la cuestión de la responsabilidad penal de las personas jurídicas dentro del sector sanitario.
Empezó su exposición con la evocación del momento histórico del Derecho en el que no se podía juzgar los presuntos delitos de las personas jurídicas. Posteriormente, se empezaron a emitir sentencias contra estas entidades de forma vicaria, focalizando la pena en la persona física causante del delito. En cuando a las posibles causas, Tralledo citó el trafico de órganos, los ataques a la propiedad industrial o intelectual, la publicidad engañosa, las radiaciones ionizantes, el cohecho y el tráfico de influencias. Sin olvidar los delitos contra la salud pública a través de medicamentos o sustancias ilegales.