LA NEGLIGENCIA MÉDICA DEBE HABER COMPORTADO UNA PÉRDIDA DE OPORTUNIDAD

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Burgos resolvió desfavorablemente el recurso de apelación interpuesto por un paciente contra una resolución dictada por el Juzgado de Primera Instancia número dos de Aranda de Duero, la cual igualmente desestimaba su reclamación contra un médico, una Clínica y sus respectivas compañías aseguradoras en concepto de reclamación de 28.029 euros tras un tratamiento hemorroidal.

El paciente fundamentaba su recurso en la falta de consentimiento informado en relación con una esfinterotomía química con toxina botulínica que le fue practicada por el medico demandado.

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