El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con sede en Luxemburgo, ha logrado resolver un 14% más de asuntos y ha rebajado la duración global de todos los procedimientos hasta los 14,7 meses.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se ha convertido en una de las jurisdicciones más activas e importantes del continente. Resoluciones como la retroactividad de las cláusulas suelo, la ilegalidad del canon digital, las indemnizaciones de los interinos o la ley hipotecaria española provienen de alguna de sus salas y han tenido una influencia directa en los fallos de los juzgados nacionales y en la propia legislación española.
Su potestad para interpretar y aplicar el Derecho de la UE ha provocado que la labor de la corte europea no cese de crecer. Aun así, el TJUE consiguió unos resultados estadísticos especialmente positivos en 2016. Según sus cifras judiciales, este organismo logró sentenciar 704 asuntos en el pasado ejercicio, lo que representa un 14% más que en 2015, resolviendo así más casos de los que recibió (692).
También es importante destacar que 470 de los asuntos que llegaron a esta jurisdicción estaban relacionados con peticiones de decisión prejudicial procedentes de jueces nacionales, lo que, según explican desde el tribunal, es una cifra récord en la historia de la institución y demuestra la confianza en el TJUEen lo que se refiere a la interpretación del Derecho europeo.
Justamente, y sin alejarse de las cuestiones prejudiciales, resulta interesante recalcar que España ha sido el cuarto país europeo en la presentación de este tipo de dudas jurídicas ante el TJUE, sólo por detrás de estados como Alemania, Italia y Países Bajos, lo que convierte a nuestro país en uno de los miembros de la UE más litigiosos ante la corte de Luxemburgo.
Otro dato destacado de las estadísticas recogidas es que el tribunal logró rebajar el tiempo de respuesta global del conjunto de los procedimientos hasta los 14,7 meses. De manera más específica, la duración media de las cuestiones prejudiciales en 2016 fue de 15 meses, lo que, según apuntan desde el TJUE, constituye el margen temporal más bajo registrado desde hace más de treinta años. En lo que se refiere al resto de recursos, los de casación, el dato fue de 12,9 meses, siendo éste la menor duración alcanzada desde la creación de esta institución.