La norma que restringía la libertad de movimiento en Madrid y otras nueve ciudades de la Comunidad era “una obra de ingeniería jurídica”, que este jueves quedaba completamente desmontada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), tal y como ya avanzaba Ricardo De Lorenzo, presidente de la Asociación Española de Derecho Sanitario, a Redacción Médica, recordando que “justificar limitaciones de derechos fundamentales sin amparo legal rompe con la base de nuestro estado constitucional de derecho”.
“La decisión de restringir la libertad de movimiento se hizo mediante una resolución, y no mediante una orden ministerial. Llamaba la atención que con una resolución se pueda restringir derechos fundamentales. Para ello, sería necesaria la concepción de una ley que limite esos derechos. Y así lo ha hecho ver el TSJM anulando estas restricciones”, subraya De Lorenzo a este diario.