Ricardo De Lorenzo, asesor jurídico de la Organización Médica Colegial (OMC) y presidente de la Asociación Española de Derecho Sanitario, impartirá la conferencia inaugural del VI Congreso de Deontología Médica que se celebrará en Badajoz. El jurista subraya, en una entrevista concedida a esta publicación, que “el desarrollo del Derecho Sanitario se explica por la preocupación creciente de los profesionales sanitarios ante el incremento de la conflictividad en su relación con los pacientes, que desemboca en numerosas ocasiones en la vía judicial, ya sea civil, penal o administrativa, y que produce una notable sensación de inseguridad y la consiguiente tendencia hacia la práctica de lo que se ha venido denominando como “medicina defensiva”.
De Lorenzo sostiene que “la investigación biomédica, la e-salud, el envejecimiento demográfico, el fenómeno de las enfermedades crónicas, los medicamentos biológicos, y la coordinación de los servicios sociales y sanitarios, están abriendo nuevas áreas de actuación que reclaman respuestas por parte de los poderes públicos, que vinculan necesariamente el Derecho, la Ética y la Deontología”.
Como asesor jurídico de la OMC y medalla de honor de varios colegios, ¿qué significa para usted impartir la conferencia inaugural del Congreso de Deontología?
Un auténtico honor, y una gran satisfacción. Desde que el pleno de la Junta Directiva del Ilustre Colegio de Médicos de la provincia de Badajoz en 2014, aprobó por unanimidad la concesión de su medalla de oro colegial, ratificado por la Asamblea General de Colegiados, me he sentido, desde la humildad, uno más de esa Corporación, y, en la medida de mis posibilidades, he procurado seguir trabajando en colaboración con el Colegio, en lo que ha sido y es la razón de mi vida profesional, haciendo entender al personal sanitario que tiene que enfrentarse en su diario quehacer con los controles y con las exigencias que el Derecho impone a su ejercicio profesional, que muy a menudo desconoce, que no vean al abogado y al magistrado como una especie de siniestra inspección únicamente ideada para poner trabas a su actuación, sino que todos estamos con ellos para alcanzar y asumir que el reconocimiento del derecho a la protección de la salud viene de la mano de los más fundamentales derechos a la libertad de la persona, a su autodeterminación, a su dignidad e incluso a su integridad física y moral.
Y cuando acepté la medalla del Colegio, asumí conscientemente, todo el trabajo que resta por hacer, para afianzar la realidad de un derecho a la protección de la salud servido por los profesionales sanitarios en atención a los valores jurídicos y sociales del hombre que acude a beneficiarse de sus servicios, por lo que para mí, impartir la conferencia inaugural del Congreso de Deontología sigue siendo una forma de continuar dando las gracias a todos los Médicos de Badajoz, a su Junta de Gobierno y a su gran presidente y amigo el Dr. Pedro Hidalgo.
El título de su conferencia es ‘Derecho Sanitario: una nueva cultura’. ¿Cómo ha evolucionado el Derecho Sanitario en los últimos 30 años?
En los últimos 30 años el Derecho como ciencia social y la Medicina como ciencia natural se han ido relacionando cada vez más. Prueba de ello es la abundante legislación en el ámbito sanitario que corona la relación médico y paciente bajo un manto de derechos y deberes. El Derecho como ciencia social y la Medicina como ciencia natural están ahora tras estos treinta años en constante interconexión. Buena prueba es la consolidación del Derecho Sanitario como rama científica de cuyo desarrollo y aplicación dan cumplida cuenta no solo las publicaciones sanitarias, congresos, cursos y publicaciones con sus importantes artículos doctrinales y científicos.
En estos treinta años la protección de la salud ha jugado un papel esencial en nuestro marco constitucional teniendo en cuenta que la salud es un principio rector de política social y económica, cuyo desarrollo constitucional corresponde a la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Cuestión distinta es que el derecho a la salud esté vinculado al ejercicio de derechos fundamentales como la igualdad, proscribiendo la discriminación; el respeto a la dignidad de la persona y a su integridad personal, y a la libertad ideológica, en conexión con la objeción de conciencia, con especial incidencia en los médicos y personal sanitario.
Su desarrollo ha ido y va parejo a los propios avances científicos y tecnológicos que plantean, de forma ya constante, complejas interrogantes jurídicas y éticas compartidas mundialmente. E igualmente se corresponde con el innegable peso específico que las materias, cuestiones o problemas relacionados con la atención sanitaria y la salud pública representan en todos los órdenes, tanto desde la perspectiva del interés social, por su calidad, en cuanto síntoma de progreso y desarrollo sociales, como desde la económica, o desde la profesional, atendido el elevado número de profesionales de extracción diversa que se encuentran implicados en aquéllas.
Por último, y desde otra perspectiva, el desarrollo del derecho sanitario en nuestro país se explica también por la preocupación creciente de los profesionales sanitarios, en especial de los médicos, ante el incremento de la conflictividad en su relación con los pacientes, que desemboca en numerosas ocasiones en la vía judicial, ya sea civil, penal o administrativa, y que produce en aquéllos una notable sensación de inseguridad y la consiguiente tendencia hacia la práctica de lo que se ha venido denominando como “medicina defensiva”.