¿CÓMO RECLAMAR LOS DERECHOS QUE EUROPA OTORGA A LOS INTERINOS SANITARIOS?

Un fantasma recorre Europa. El pasado 14 de septiembre, dos sentencias del Tribunal de Justicia (TJUE) comunitario dieron un golpe de efecto en la lucha contra la precariedad en el empleo que se ha ido instalando gota a gota en todos los ámbitos de la sociedad desde que comenzó la crisis. Y, con especial insistencia, en el ámbito sanitario.

La primera de ellas se refiere a la enfermera María Elena Pérez López, que encadenó siete contratos temporales entre febrero de 2009 y junio de 2013 en el Servicio Madrileño de Salud. El TJUE dictaminó que esa concatenación es contraria al derecho comunitario y que no se pueden cubrir necesidades permanentes con trabajadores temporales.

La siguiente sentencia estableció que no se podía discriminar a temporales e interinos con respecto a los fijos en las indemnizaciones por despido. Se refería al caso de Ana de Diego Porras, trabajadora interina del Ministerio de Defensa durante siete años, hasta que se incorporó la persona a la que sustituyó. El TJUE dictaminó que las diferencias en indemnizaciones (establecidas en el Estatuto de los Trabajadores de 1980) discriminaban a unos empleados sobre otros. El revuelo que han provocado estas sentencias no ha dejado ninguna piedra en su sitio. Todos los actores sanitarios implicados se han manifestado: desde sindicatos generalistas y de clase hasta gerentes, pasando por los responsables políticos autonómicos y nacionales. Con diferencias en la interpretación del dictamen, todos coinciden en que es un hito y marca un antes y un después.

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